Indulgencias plenarias en la disciplina vigente de la Iglesia: guía breve y segura
Original: Félix Velasco Santandreu. Catholic.net.
Oraciones y obras que pueden lucrar indulgencia plenaria (según la disciplina vigente de la Iglesia)
La referencia normativa principal es la Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina de san Pablo VI y el Enchiridion Indulgentiarum (4.ª ed., 1999), promulgado por la Penitenciaría Apostólica.
La indulgencia plenaria no es automática ni “mágica”: exige disposición interior real de conversión, rechazo de todo pecado (también venial), y cumplimiento de las condiciones sacramentales establecidas por la Iglesia.
En términos generales, entre las obras más conocidas con indulgencia plenaria (cumplidas según las rúbricas y condiciones) están:
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Adoración eucarística durante al menos media hora.
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Lectura de la Sagrada Escritura durante al menos media hora.
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Rezo del santo Rosario en iglesia/oratorio, o en familia, comunidad religiosa o asociación de fieles (con las condiciones propias de esta concesión).
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Ejercicio del Via Crucis (conforme a la forma establecida).
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Canto o recitación solemne del Te Deum en la acción de gracias de fin de año (31 de diciembre).
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Canto o recitación solemne del Veni Creator en el inicio del año civil (1 de enero) y en Pentecostés.
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Renovación de las promesas bautismales en la Vigilia Pascual o en el aniversario del propio bautismo.
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Devotas visitas a lugares sagrados en días determinados previstos por el Enchiridion (por ejemplo, Porciúncula, aniversarios litúrgicos concretos, sufragio por difuntos, etc.), con el rezo del Padrenuestro y el Credo cuando así se prescribe.
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Bendición apostólica Urbi et Orbi recibida con las debidas disposiciones (incluyendo por medios de comunicación, conforme a la concesión vigente).
Estas concesiones se detallan en el Enchiridion; por eso, para uso pastoral serio conviene verificar cada obra en el texto oficial, porque algunas dependen de fecha litúrgica, lugar, forma celebrativa o sujeto que participa.
Sobre tu lista original: varias entradas son sustancialmente correctas, pero debían precisarse en su formulación jurídica-litúrgica (por ejemplo, condiciones del Via Crucis, modo del Rosario, días concretos de algunas fórmulas, y carácter propio de indulgencias aplicables solo a difuntos).
Condiciones para lucrar indulgencia plenaria
Además de realizar la obra indulgenciada, se requieren simultáneamente:
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Confesión sacramental.
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Comunión eucarística.
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Oración por las intenciones del Romano Pontífice.
Y, de modo indispensable, desapego total de todo pecado, incluso venial. Si falta esta última disposición, la indulgencia será parcial.
Precisiones normativas importantes:
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Con una sola confesión sacramental pueden lucrarse varias indulgencias plenarias.
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Con una sola comunión y una sola oración por el Papa se aplica solo una indulgencia plenaria.
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Normalmente se puede lucrar una sola indulgencia plenaria al día.
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En peligro de muerte (in articulo mortis), la Iglesia prevé concesión especial.
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La oración por el Papa puede ser, por ejemplo, un Padrenuestro y un Avemaría, sin excluir otras fórmulas legítimas.
Aplicación a los difuntos
La Iglesia enseña que las indulgencias pueden aplicarse a uno mismo o a los fieles difuntos (no a otras personas vivas). Algunas concesiones están específicamente orientadas al sufragio por las almas del purgatorio, como la visita al cementerio en los primeros días de noviembre según la norma vigente del Enchiridion.
Actualización reciente relevante: Jubileo 2025
La Penitenciaría Apostólica publicó normas específicas para la concesión de indulgencias durante el Jubileo Ordinario 2025, manteniendo la estructura doctrinal clásica y concretando obras jubilares propias (peregrinaciones, visitas, obras de misericordia y penitencia en ese contexto). Esto confirma que, junto al régimen estable del Enchiridion, puede haber concesiones temporales especiales por disposición de la Santa Sede.
Para cada caso concreto, verifíquese siempre el Enchiridion Indulgentiarum (4.ª ed.) y las concesiones especiales de la Penitenciaría Apostólica, evitando listados secundarios no contrastados.
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